Declaración del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas, CIIR, acerca de la entrega de escaños reservados para los Pueblos Indígenas y Tribales en el marco del proceso constituyente

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Como Centro de Estudios Interculturales e Indígenas, CIIR, lamentamos el quiebre en las negociaciones con respecto al mecanismo que entregará escaños reservados a los Pueblos Indígenas y Tribales en el proceso constituyente que se iniciará este 25 de octubre en caso de ganar la opción Apruebo. Sin embargo, albergamos expectativas de que en las semanas venideras pueda alcanzarse un acuerdo satisfactorio con respecto al mecanismo a través del cual los Pueblos Indígenas y Tribales participarán en un eventual proceso constituyente. Desde ya, como CIIR, nos colocamos a disposición para colaborar en esta coyuntura.

Si bien fue acertado observar la disposición transversal sobre la necesidad de entregar cupos protegidos a representantes indígenas y tribales en las dos opciones de convenciones dispuestas para discutir una posible Nueva Constitución, nos parece que no son en caso alguno menores los detalles sobre el mecanismo que determinará cómo se concretarán estos escaños, pues de ello depende la real y efectiva representación de los pueblos indígenas y tribales.

Así, la opción referida a construir un padrón electoral de identificación especial ofrece diversos problemas. El primero, son los tiempos. La elección de constituyentes se realizaría el 11 de abril de 2021; esto ofrece importantes inconvenientes para quienes deseen inscribirse en ese padrón atendiendo las dificultades sanitarias devenidas de la pandemia, las cuales hacen aún más difíciles que personas que vivan en lugares alejados puedan afiliarse a esta modalidad de registro eleccionario. Si bien es cierto que los padrones indígenas existen en países como Nueva Zelandia, levantar un catastro de esta envergadura con buenos resultados es un trabajo que requiere plazos que exceden con mucho los hitos señalados por el proceso constituyente. Por lo tanto, la opción de la autoidentificación no solo es más eficiente de llevar a cabo en la elección de los constituyentes indígenas y tribales, sino que se trata también de un mecanismo acorde a los tratados de Derechos Humanos vigentes sobre Pueblos indígenas y Tribales ratificados por Chile. Es muy importante recalcar que esta propuesta ha generado un amplio respaldo

no solo en los expertos sino también en las distintas organizaciones que han participado en la discusión parlamentaria en los meses recientes.

Además, la construcción de un padrón electoral dilataría aún más la definición de cuántos escaños se le entregará a cada pueblo, ya que solo al cerrar su levantamiento se estimaría la correspondencia de cada cupo. Esto, nuevamente debido a los acotados plazos, significaría una nueva traba para el levantamiento de candidaturas.

El otro gran tema en disputa es si los escaños reservados se sumarán o no a los actuales aforos convenidos para las dos posibilidades de convención: 155 en la Constitucional y 172 en la Mixta. La condición de supernumerarios, es decir que se sumen a los constituyentes ya establecidos, se relaciona precisamente con el objetivo de entregar una representación especial a los Pueblos Indígenas y Tribales debido a su carácter de colectivos preexistentes al Estado de Chile. Imputar, en cambio, los cupos a los ya existentes, difuminaría la presencia de los diferentes pueblos en la discusión constitucional, extraviando el sentido inicial de lo que es un escaño reservado. En este sentido, no resulta adecuado realizar cálculos políticos sobre de qué forma los representantes indígenas y tribales se comportarán a lo largo de la discusión constitucional. La evidencia señala que en caso alguno pueden atribuirse tendencias o militancias políticas a las personas pertenecientes a los Pueblos Indígenas y Tribales.

En presencia de las implicancias del proceso constituyente que se iniciaría este 25 de octubre y los convenios internacionales suscritos por el Estado de Chile, los Pueblos Indígenas y Tribales deben participar en la discusión constitucional respetando sus derechos a la participación política, a la autoidentificación y a la autodeterminación. Su aporte es indispensable en términos de garantizar un texto constitucional que exprese la diversidad cultural del Chile actual, en sus variadas formas de organización social, que amplíe los marcos de discusión en temas como la protección del medioambiente y la descentralización, avanzando en un proceso de reconocimiento a los Pueblos Indígenas y Tribales que habitan Chile. Este anhelo es refrendado por diversos estudios de opinión  que muestran de forma transversal un abrumador apoyo en avanzar hacia un amplio abanico de posibilidades de reconocimiento -dentro de los cuales cabe un posible Estado Plurinacional-, protegiendo sus derechos colectivos, conocimientos y lenguas.

Centro de Estudios Interculturales e Indígenas, CIIR